La Comisión Europea ha fijado por primera vez contenidos máximos de THC para las infusiones de hojas de cáñamo. El Reglamento (UE) 2026/1828, adoptado el 28 de julio y publicado en el Diario Oficial el día 29, se aplicará desde el 1 de enero de 2027. Quedan tres meses para revisar lotes, análisis y etiquetas.
Qué dice el reglamento
La norma modifica el Reglamento (UE) 2023/915, el marco general de contaminantes en alimentos, y añade dos límites nuevos:
- Hojas de cáñamo destinadas a infusión: 40 mg/kg de THC total.
- Infusión lista para beber elaborada con esas hojas: 0,02 mg/kg.
El cálculo suma el Δ9-THC y el THCA, expresados como equivalentes de Δ9-THC. Es un detalle con consecuencias: un análisis que solo mida THC neutro ya no sirve para acreditar el cumplimiento. La referencia científica es la dosis aguda de referencia de la EFSA, 1 microgramo de Δ9-THC por kilo de peso corporal.
Etiquetado obligatorio
Los envases de hojas tendrán que indicar de forma visible tres cosas: que el producto solo sirve para preparar una infusión con agua, que la bebida no debe darse a lactantes ni a niños pequeños y que no se deben añadir ingredientes grasos, como leche o nata, durante la infusión. La última advertencia tiene base química: el THC y el THCA son liposolubles, y la grasa multiplica lo que pasa de la hoja a la taza.
Hay un periodo de transición razonable. Lo que se haya comercializado legalmente antes del 1 de enero de 2027 puede seguir a la venta hasta su fecha de consumo preferente o de caducidad.
Un reconocimiento con letra pequeña
El reglamento consolida que las hojas de cáñamo, sin sumidades floridas ni frutos, son un alimento tradicional y no necesitan la autorización previa de nuevo alimento que sigue bloqueando al CBD. Para el sector es una buena noticia a medias.
La Asociación Europea del Cáñamo Industrial (EIHA) celebra el reconocimiento, pero considera los límites demasiado restrictivos. Según recoge Hemp Today, la asociación había propuesto 400 mg/kg para la hoja seca y 0,08 mg/kg para la bebida caliente, y cita un estudio alemán de 2023 en el que los tés comerciales analizados promediaban 221 mg/kg, más de cinco veces el nuevo tope.
Además, el texto respeta las normas nacionales más estrictas. Un té que cumpla los 40 mg/kg no tiene garantizada la venta en todos los Estados miembros: habrá que seguir revisando país por país.
Qué deberían hacer ya las empresas
- Analizar el stock actual con métodos que cuantifiquen THC y THCA juntos, en laboratorios acreditados, antes de fabricar para 2027.
- Revisar el origen de la hoja. Variedad, momento de cosecha y separación de flores determinan el contenido final; los contratos con agricultores deberían fijar especificaciones.
- Rediseñar etiquetas con las tres advertencias y planificar la rotación para agotar existencias antiguas dentro del periodo transitorio.
- Mapear los mercados destino donde existan reglas nacionales más duras antes de cerrar acuerdos de distribución.
Más allá del té
La UE ya tenía límites para semillas de cáñamo y sus derivados dentro del mismo reglamento de contaminantes. Añadir la hoja confirma una tendencia: Bruselas prefiere encajar el cáñamo alimentario en el derecho general de alimentos, con cifras medibles, antes que dejarlo en zona gris. Para las empresas serias es más previsible; para quien vivía de productos sin control, el margen se acaba.
Estos cambios de reglas, y cómo afectan a la cadena de suministro, se tratarán en Spannabis B2B Bilbao 2027, el 11 de marzo en la Sala VIP del BEC, dos meses después de la entrada en aplicación del reglamento. Si trabajas con cáñamo alimentario, consigue tu entrada o reserva una mesa B2B para reunirte con productores, laboratorios y distribuidores.
